Voy a hablar de los expedientes contradictorios (también llamados pliego de descargo) sancionatorios en el trabajo, es decir, cuando nos dan trámite para sancionarnos o despedirnos. Explico qué son, y sobre todo, la mejor manera de actuar ante ellos si la empresa nos hace uno🧵👇
— Luis F. Pallarés (@Laboralista_DCT) November 18, 2022
En definitiva, se parecen mucho a una carta de despido, pero con la diferencia de que en lugar de despedir, nos dan audiencia para que presentemos un escrito y la empresa tome la decisión final (podrá ser un despido también). Ojo con lo que escribimos a la empresa‼️👇👇 pic.twitter.com/jaPsZA1btR
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Pero se puede dar que por Convenio no sea obligatorio (ni tampoco se esté sancionando a un representante de los trabajadores). Nada impide que la empresa pueda hacer este trámite sin que sea obligatorio. Pero si no es obligatorio no suspende el plazo de prescripción de la sanción pic.twitter.com/TOhai7syLW
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No es la primera ni la última vez que veo cómo las empresas entregan sanciones o expedientes contradictorios a trabajadores sobre hechos prescritos, pero con fechas distintas a las que se entrega el escrito. De ahí que sea importante que añadamos la fecha al lado de la firma. 👇
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Si no pone si los días son naturales o hábiles, se entienden hábiles (art 43 LRJS), de manera que no cuentan sábados, domingos ni festivos. Se empieza a contar desde el día siguiente al que nos han dado el escrito, y para presentarlo, siempre en dos copias (una para ti) y fechada
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Pero vamos a lo importante: ¿Qué ponemos en ese escrito? Muchas empresas hacen el expediente cuando no es obligatorio porque tienen muy complicado demostrar la acusación, y a veces, de manera inconsciente e intentándose defender el propio trabajador reconoce hechos en ese escrito pic.twitter.com/wTPnhrh63P
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He visto muchas veces cómo abogados/as que defienden a empresas utilizan ese escrito en sede judicial para tener por demostrados algunos hechos que de no existir el escrito sería prácticamente imposible que lo demostrasen. Y os aseguro que es frustrante.👇👇 pic.twitter.com/ebN8nr22Uk
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En definitiva; desde que llevo ejerciendo nunca he visto un solo supuesto en el que tras entregar el escrito de alegaciones por parte del trabajador la empresa haya rebajado o quitado la sanción que pretendía hacer. En cambio, sí que he visto usar ese escrito contra el trabajador
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Por lo tanto, en mi humilde opinión, lo mejor que podéis hacer es (apurando plazo), un breve escrito negándolo absolutamente todo (hasta lo más obvio), negando que eso que cuentan haya ocurrido, y también negando que eso sea de la gravedad que relatan. Y recuerda: MUY BREVE‼️ 👇 pic.twitter.com/QB9fdmx6As
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A todos los sitios donde fue lo hizo en coche, sin hacer ningún tipo de esfuerzo físico. En definitiva, no hizo ninguna actividad que perjudicase a su recuperación. Pero la empresa le tenía ganas, se entera por las fotos en redes y le abre expediente.👇
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La empresa jamás podría haber acreditado el diagnóstico médico (esguince de tobillo), ya que no tiene forma de probarlo. Por eso nunca podría haber demostrado que la actividad perjudica a la recuperación si desconoce el diagnóstico. El escrito del trabajador le lastró.😞😞👇
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Dado lo efímero del contenido en redes sociales, dejo este mismo contenido del hilo en formato web en el blog de DCT Laboralistas!! 🔚✊✊https://t.co/hMeWJvnoyt
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