¿Puede reclamarme la empresa el dinero de daños o errores cometidos en el trabajo?

Esta semana tenía un juicio en el que el empresario, «to picao», decía que pagaba lo que pedíamos, pero que iba a reclamar al trabajador 9.000€ porque le estropeó una máquina. Esto es ilegal; solo en casos muy limitados puede la empresa reclamar pasta al trabajador. Lo cuento 👇

En el Derecho Laboral, a diferencia del civil, el empresario se queda los frutos de nuestro trabajo (lo que Marx llamaba plusvalía); por ende, el empresario asume el riesgo y ventura de la actividad empresarial: tanto cuando van bien las cosas como cuando van mal. En ello se incluye el riesgo de que un trabajador pueda estropear maquinaria, o por ejemplo, que se equivoque en dar un cambio y la empresa pierda dinero. Es precisamente el empresario el que tiene la responsabilidad de formar a su personal para que estas cosas no ocurran.

Por lo tanto, es totalmente ilegal que nos descuenten del sueldo estos «perjuicios» que tiene la empresa por actuaciones erróneas que hayamos tenido. Al final, es el empresario quien ha elegido a ese trabajador para hacer esas tareas: o ha elegido mal, o no lo ha formado bien.

En todo caso, lo que puede hacer la empresa para quitar salarios es una suspensión de empleo y sueldo, de manera que durante los días que determine no cobras, pero tampoco trabajas. Pero nunca descontarte salarios trabajando lo mismo.

Los empresarios (especialmente en pequeñas empresas) suelen soltar con mucha alegría lo de «esto te lo descuento del sueldo». Esta práctica es ilegal, incluso aunque el empresario tenga razón. ¿Cuándo puede reclamarte estos perjuicios? En casos muy limitados, veámoslos 👇👇

La interpretación de estos supuestos es muy restrictiva; solo lo que en nuestra jerga llamamos por dolo o negligencia muy grave. Con dolo significa que lo has hecho a propósito, es decir, para joder a la empresa de manera deliberada (y eso lo tiene que demostrar el empresario).

Más problemáticos son los casos de negligencia muy grave, lo que viene a ser que aun no haciéndolo a propósito, la has liado de tal manera que cualquier persona de forma racional nunca hubiese cometido tal imprudencia. A partir de esto, la casuística puede ser muy variada y se resuelve caso a caso.

Y, desde luego, tanto en uno como en otro caso, implica el despido disciplinario. Es decir, la reclamación económica contra un trabajador parte de la base de que es incluso más grave que el mero despido; del mismo modo que no todos los despidos implican que se deba pagar a la empresa.

Y es más; si es la empresa la que reclama al trabajador, lo que tiene que hacer es ponerle una demanda en el Juzgado de lo Social, de manera que el currela también se pueda defender con todos los medios de prueba que considere: de ahí que el descuento de salarios sea ilícito. Porque el problema del empresario listillo que descuenta un descuadre de caja o una reparación de taller del coche de empresa del sueldo del trabajador es que no está permitiendo que jurídicamente ese trabajador se pueda defender de la acusación.

Vale; ¿Y qué hago si me ocurre?

Sé más listo/a que él; no le cuestiones verbalmente el descuento. Limítate a pedirle la nómina (incluso hacer ver que estás de acuerdo con el descuento), pero no se la firmes! O, si insiste, ponle junto a la firma «por revisar» o «pendiente de cobro», pero quédate con la nómina.

De hecho, para aplicar el descuento va a tener problemas y ser imaginativo en la manera de hacer la nómina. Si lo hace por una deducción (en la misma columna que la Seguridad Social y el IRPF), te lo pone a huevo: interpón una papeleta de conciliación reclamando el descuento.

Para estar protegido/a frente a despidos, no le digas nada hasta que reciba la papeleta de conciliación: de esta manera tendrás mayor protección frente a despidos (garantía de indemnidad). Por eso es mala idea cuestionarle el descuento verbalmente: eres carne de cañón.

Luego están los que cobran todo o parte del sueldo en negro (en efectivo y sin cotizar), y el empresario descuenta de eso. Ahí estáis más jodidos, porque los derechos que tenéis son a la libre voluntad del empresario, así que tenéis un problema más grave a resolver.

En ese caso, tenéis que empezar por denunciar la situación a Inspección de Trabajo para que os regularice vuestra jornada y sueldo real. Solo así podréis reclamar los descuentos de sueldo que se haya sacado de la manga el empresario.

Por cierto, los que queráis saber el chascarrillo de mi juicio: se le cortó el rollo rápido al empresario cuando le dije que su reclamación está prescrita. Del mismo modo que las deudas de la empresa al trabajador en salarios prescriben al año, también sucede lo mismo al revés. Pero si no hubiese estado prescrito, poco tenía a rascar; estas estrategias de intimidación me afectan francamente poco.

Quiero defender mis derechos

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