¿Qué pasa si termina mi contrato temporal y no me dicen nada? Continúa yendo a trabajar

Si trabajas con un contrato temporal que tiene una fecha concreta de finalización, llega el día en que acaba el contrato (es decir, tu último día) y la empresa no te dice nada, en ese caso preséntate a trabajar al día siguiente. Voy a explicar con un poco de detalle esto 🧵👇

Desde la última Reforma Laboral, básicamente hay dos tipos de contratos temporales: el de interinidad y el de circunstancias de la producción. Éste segundo tipo se ha convertido en el más habitual, y en el propio contrato de trabajo sale la fecha de tu último día de trabajo.

Pues bien, es importante que sepas que el mero hecho de que en el contrato ya salga una fecha de finalización no significa que se acabe de forma automática. Para que acabe el contrato y finalice la relación laboral es necesario que te lo comuniquen de forma expresa.

En términos jurídicos se le llama «denuncia del contrato temporal», pero no tiene nada que ver con ir a la policía a denunciar nada: la normativa lo llama así y se refiere a que el empresario comunique al trabajador que se le acaba el contrato.

De hecho, lo que prevé la normativa laboral es lo que sucede si pasa el día de acabar contrato y continúas trabajando: se prorroga automáticamente hasta el plazo máximo legal, y si ya acababas en el plazo máximo legal, pasas a ser indefinido/a.

Por ejemplo: contrato temporal por circunstancias de la producción que acaba el 31 de agosto. Lo máximo es 6 meses como normal general, pero el Convenio Colectivo puede ampliarlo a un año. Si el 1 de septiembre estás trabajando, se prorroga a 6 meses en total automáticamente. Si ya tenías los 6 meses en el contrato inicial (que es lo más habitual), es decir, en este caso empezaste el 1 de marzo, el hecho de que se rebase el último día y sigas trabajando (es decir, te presentas a currar el 1 de septiembre), te convierte en indefinido/a.

Esta norma la encontraréis en el art. 49.1c) del Estatuto de los Trabajadores. También sale en el art. 8.2 del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre:

Por eso lo normal es que te comuniquen por escrito (incluso unos días antes) que se te acaba el contrato. También has de tener en cuenta que la jurisprudencia ha admitido que la comunicación de que no continúas pueda ser verbal, con los problemas de prueba que ello conlleva.

Sucede en empresas chapuceras (que no son pocas) que se desentienden de comunicarte que se te acaba el contrato, y luego, cuando te ven trabajando al día siguiente del que en teoría tenías que haber acabado se apresuran a darte por escrito el fin de contrato. En ese caso, es importante que ante la documentación que te den para que te largues, tengas copia sellada por la empresa de todos los documentos, y en la copia que se queden ellos pongas «No conforme» y la fecha real en que te dan ese documento.

Esto sucede porque en nuestra jerga decimos que el despido es un acto recepticio, es decir, no tiene efectos jurídicos hasta que te lo comunican (aunque sea verbalmente). Por eso, no pueden comunicarte por escrito que «ayer se te acabó el contrato»; si sucede eso, legalmente el contrato está acabando el día que te lo comunican. Por eso muchas veces el empresario nos pide que firmemos documentos fechados el día anterior. Pon la fecha real tú!

¿Por qué es importante esto? Porque si te despiden por «fin de contrato temporal» y jurídicamente eres indefinido/a, es un despido sin causa y por lo tanto improcedente (incluso puede llegar a ser nulo en casos concretos, por ejemplo en trabajadoras embarazadas).

De ahí que sea importantísimo que podamos acreditar que esa «denuncia» (es decir, que se acaba el contrato temporal) se produjo en una fecha posterior a la fecha de contrato del último día de trabajo. Por eso:

1️⃣ Pon la fecha real en la documentación

2️⃣ Graba la conversación

Grabar con el móvil es totalmente legal y no es necesario que lo sepa tu interlocutor; es prueba válida en los juicios laborales. Por eso es importante que el día siguiente que acudes a trabajar porque no te han comunicado el fin de contrato, lleves la grabadora puesta. Especialmente en un supuesto como este, donde jurídicamente es válido que te comuniquen que se te acaba el contrato verbalmente. Los empresarios no tienen problema en ir a un Juzgado a mentir y decir que te lo dijo el día anterior: solo miran por el dinero. Así que la mejor manera de combatir esta práctica empresarial tan habitual (mentir a su antojo en el Juzgado) es hacer nosotros las cosas bien, y a la vez grabar la conversación, en la que se evidenciará que no hubo denuncia verbal antes de la finalización del contrato.

Hecho esto, lo normal es que te despidan más tarde si realmente no quieren que continúes, y es aquí donde se te inicia el plazo legal de 20 días hábiles para impugnar el despido. Esto es todo por hoy!

Quiero defender mis derechos!

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3 comentarios en “¿Qué pasa si termina mi contrato temporal y no me dicen nada? Continúa yendo a trabajar”

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